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REQUISITOS Y BENEFICIOS DE L0S MIEMBROS DE LA SAD
MIEMBROS CORRESPONSALES EXTRANJEROS
REQUISITOS PARA SERLO
a) Podrán ser Miembros Corresponsales Extranjeros, los científicos o estudiosos radicados fuera de la República Argentina, que se hubieren destacado en el campo de la Diabetología.
b) Gozarán de los derechos y tendrán las obligaciones de los Miembros Adherentes.
c) Estarán exentos del pago de las cuotas societarias.
d) Serán nombrados por la Asamblea General, a propuesta de la Comisión Directiva, por los dos tercios de los votos de los Miembros Titulares presentes en la Asamblea.
DESIGNACIÓN
Los postulantes a la calidad de miembro Corresponsal Extranjero, gozarán de las atribuciones de los Miembros Honorarios de la Sociedad. Los Miembros Corresponsales Extranjeros, no podrán integrar la Comisión Directiva.
La designación de los mismos se producirá de acuerdo a lo establecido en el Art. 14 inc. d).
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